lunes, 6 de febrero de 2012

CENTROS DE INTERNAMIENTO DE EXTRANJEROS

Este es  un tema de actualidad que hemos visto en múltiples noticias últimamente pero que realmente me faltaba información. Tengo varias preguntas: ¿qué son los centros de internamiento de extranjeros?, ¿quién los gestiona?, ¿dónde están situados? y ¿cuáles son sus funciones?.
Para iniciar esta tarea escogí, en primer, esta noticia:

CADENA SER   19-01-2011
El juez ordena al Centro de Internamiento de Extranjeros de Aluche que facilite las visitas de las ONG.
La Justicia ha dado la razón a las ONG que trabajan con los extranjeros internados en el Centro de Aluche y ordena a la dirección de ese centro que facilite a partir de ahora las visitas de los representantes de estas organizaciones a los inmigrantes.
En el auto judicial al que ha tenido acceso la Cadena SER, el juez de instrucción número 6 de Madrid asegura que en las tres visitas que ha realizado a ese centro ha podido apreciar la dificultad tanto de las ONG como de los internos para poder ponerse en contacto entre ellos.
Según el relato del juez, en sus inspecciones ha confirmado que las visitas de estas organizaciones sólo se pueden efectuar por la tarde y a un solo interno; que tienen que guardar largas colas; y esperar, son palabras textuales, en espacios realmente indignos. Situación que, dice el juez, también afecta a familiares y amigos.
En el mismo auto se cuestiona la instalación de unas mamparas en la sala de visitas que confieren al lugar una característica de "locutorio carcelario" con el que se somete a un régimen generalizado de sospecha al visitante y al interno. El juez concluye ordenando al director de este centro de internamiento de Madrid que habilite horario de mañana y tarde para que las ONG puedan visitar y asistir a los internos y que haga lo posible para que no tengan que esperar colas ni haya duración máxima para cada visita. Además, el juez pide que se retiren los cristales de la sala de visitas.
Las ONG que presentaron la denuncia, Pueblos Unidos, SOS Racismo Madrid y Ferrocarril Clandestino, celebran esta decisión y esperan que este auto sea un paso más para hacer efectivo el derecho de los inmigrantes a contactar con ONG que recoge la Ley de Extranjería y que hasta ahora no se ha respetado.

Los Centros de Internamiento para Extranjeros (C.I.E.) funcionan desde el año 1985- siendo su función principal la detención cautelar y preventiva de extranjeros que se encuentran en situación irregular en España, y que se encuentran a la espera de ser expulsados de nuestro país.
El hecho de ser internado en un CIE se deriva del hecho de que por parte del ciudadano extranjero se ha cometido una infracción administrativa al no tener en orden su documentación y no poder residir de forma legal en España. Por este motivo las personas que se hallen en esta situación pueden llegar a encontrarse detenidas en estos centros hasta un máximo de cuarenta días.
Los CIE según establece la Ley son establecimientos públicos de carácter no penitenciario en los que se tiene detenidos y custodiados a extranjeros que están sometidos a expedientes de expulsión. Son centros dependientes del Ministerio del Interior dirigidos y vigilados por la Policía Nacional. El ingreso de extranjeros en los Centros de Internamiento, solamente se podrá realizar en virtud de resolución de la autoridad judicial competente. (Fuente: Andalucía Acoge).

Hace unos años se emitió un informe por parte del Comisión Española de Ayuda al Refugiado, en diciembre de 2009, dentro de un estudio europeo sobre instituciones de atención a extranjeros.
Echarle un vistazo pues me ha parecido muy interesante: http://www.inmigrapenal.com/Areas/Cies/Documentos/InformeCearCIESdic09.PDF

Esta claro que estas instituciones deben cambiar sus principios de actuación, su gestión así como, los servicios que ofrece y establecer el personal adecuado para atender las necesidades de estas personas. Pero, yo me pregunto: ¿es necesario que existan estos centros?

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